Colegios Profesionales

Proceso: Elección Contralor General de Cuentas

¿Por qué existen dos colegios profesionales de Contadores Públicos y Auditores?

El 24 de febrero de 1947, en el Diario de Centroamérica en su número 78, fue publicado el Decreto número 332, el cual es la Ley de Colegiación Oficial Obligatoria la cual regula el ejercicio de las Profesiones Universitarias. Unos de los temas que señala es, que el Consejo Superior Universitario, debería convocar dentro de quince días siguientes a la publicación a los miembros de las diferentes profesiones para la organización del colegio correspondiente, concediendo noventa días para su inscripción.

Una de las disposiciones fue que contaran con veinte o más egresados de las facultades de las diferentes carreras universitarias en toda la república quedando excluidos de esta disposición las profesiones que no tenían los egresados solicitado por la normativa, fue por esa razón que la Facultad de Ciencias Económicas no logró egresar la cantidad de profesionales exigida por la ley, no logrando formar su propio colegio, pudiendo organizarse en una asociación, la cual no fue tan sólida como se esperaba.

En 1951, al cumplir todos los requisitos, fue fundado con 20 profesionales egresados de la Facultad de Ciencias Económicas o incorporados a la Universidad de San Carlos el Colegio de Economistas, Contadores Públicos y Auditores de Guatemala (CCEE). Este inició sus actividades el 11 de julio de 1951.

La colegiación profesional la encontramos en el Artículo 90 de la Constitución Política de Guatemala, el cual indica que la colegiación de los profesionales universitarios es obligatoria y tendrá por fines la superación moral, científica, técnica y material de las profesiones universitarias y el control de su ejercicio.

La finalidad de tener un Colegio de Contadores Públicos y Auditores es promover que los egresados de la Licenciatura de Contaduría Pública se agrupen y busquen su superación personal y gremial, esto no ocurría aparentemente con el CCEE debido a que aglutina más de 13 diferentes carreras universitarias, entre ellas: Contador Público y Auditor. Esta situación motivó la creación del Instituto Guatemalteco de Contadores Públicos y Auditores -IGCPA- (primera instancia específica), el cual nació el 18 de mayo de 1968. Este fue fundado por 10 Contadores Públicos y Auditores, los cuales coincidían en la necesidad de agrupar a los Contadores Públicos y Auditores en una sola institución.

Buscando solución a la falta de un colegio que reuniera solamente Contadores Públicos y Auditores, el 15 de noviembre de 2002 un grupo de profesionales de Contaduría y Auditoría, convocaron a una sesión para conformar el colegio específico.

Fuente: https://cpa.org.gt/

Para el proceso efectuado en el 2006 de elección de nuevo Contralor General de Cuentas, el Congreso de la República, según Acuerdo 17-2006 emitido el 2 de marzo de 2006, y publicado en el diario oficial el 22 del citado mes y año, a través del cual se convocó al CCEE, dejando afuera de la convocatoria al CPA, para integrar la Comisión de Postulación.

El CPA presentó un amparo en única instancia (expediente 985-2006), en donde reclamaba que se vulneraba su derecho de igualdad, defensa, al debido proceso y a la colegiación profesional, reclamando lo siguiente:

El Congreso en su convocatoria menciona únicamente para integrar la citada Comisión al CCEE omitiendo al CPA.

También, menciona que el 11 de julio de 1951 nació a la vida jurídica el CCEE por eso es que la Constitución de la República lo menciona únicamente a él en su artículo 233. El colegio tenía la naturaleza de ser entidad gremial pero no exclusiva de la carrera de Contadores Públicos y Auditores, ya que en él se agrupaban dieciocho carreras profesionales.

La CC después del análisis respectivo resolvió lo siguiente:

  • Otorgó amparo a Oscar Velásquez Flores, en su calidad de Presidente de la Junta Directiva Provisional del CPA.
  • Ordenó al Congreso agregar a la convocatoria al CPA. el cual deberá elegir a la mitad de los representantes que integrarían la Comisión de Postulación.

Requisitos solicitados a representantes de los Colegios Profesionales para formar parte de la Comisión de Postulación

Los representantes de los colegios profesionales que aspiren a formar parte de la Comisión de Postulación, para poder ser electos por su respectiva Asamblea General, deberán llenar los requisitos siguientes:

  1. Ser guatemalteco;
  2. Ser colegiado activo;
  3. Tener por lo menos cinco años de ejercicio profesional;
  4. Estar en el pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos;
  5. No estar inhabilitado para ejercer cargos públicos;
  6. Presentar constancia de no haber sido sancionado por el colegio profesional respectivo;
  7. Presentar constancia de antecedentes policíacos; y,
  8. Presentar constancia de antecedentes penales. 
     

Ley de Comisiones Postulación, Artículo 4.

Fórmula que se utiliza para el cálculo de los representantes que le corresponden a los Colegios Profesionales

El Congreso con fundamento en el artículo 106 de la Ley Orgánica del Organismo Legislativo solicitó a la CC una opinión consultiva sobre el procedimiento para integrar la Comisión de Postulación para la elección del Contralor General de Cuentas. Para ello, formuló una interrogante que se detalla en el Acuerdo 16-2010, emitido por el Organismo Legislativo el 13 de mayo de 2010.

Texto que el Congreso envió a la CC para realizar su consulta

“¿Cuál es el procedimiento para la designación del número de integrantes que representarán al Colegio de Economistas, Contadores Públicos y Auditores y Administradores de Empresas y al Colegio de Contadores Públicos y Auditores de Guatemala, para integrar la Comisión de Postulación que presentará la nómina para la elección del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, en virtud de contar con un número de siete representantes de las Universidades del país?”.