Elecciones

Corte de Constitucionalidad

«Defender la Constitución es defender la democracia.»

¿Qué es la Corte de Constitucionalidad?

La Corte de Constitucionalidad (CC), creada en la Constitución de 1985 junto con el Tribunal Supremo Electoral y la Procuraduría de los Derechos Humanos, es un tribunal permanente de jurisdicción privativa cuya función esencial es la defensa y restablecimiento del orden constitucional en Guatemala.

Aunque su integración incluye representantes de los tres organismos del Estado, la CC actúa con independencia y ejerce atribuciones específicas otorgadas por la Constitución y la ley.

En el ámbito jurisdiccional, controla actos del poder público y de particulares, lo que le confiere autoridad para interpretar y aplicar las normas relativas a las garantías constitucionales, protegiendo los valores, principios, libertades y derechos consignados en la Constitución, así como en tratados internacionales y otras leyes pertinentes.

¿Qué normas regulan las garantías constitucionales y la función de la Corte de Constitucionalidad?

La labor de la Corte de Constitucionalidad se apoya principalmente en el Decreto 1-86, Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, que desarrolla los mecanismos para proteger los derechos fundamentales y define cómo debe actuar la CC en estos casos.

Además, existen otras leyes ordinarias que, por su importancia, se consideran de carácter constitucional y complementan este marco: el Decreto 1-89 (Ley de Orden Público), la Ley de Emisión del Pensamiento y la Ley Electoral y de Partidos Políticos. Estas normas establecen reglas clave para asegurar el respeto a las libertades, el orden democrático y la protección de los derechos en Guatemala.

¿Cómo se integra la Corte de Constitucionalidad y cómo se designan sus magistrados?

La Corte de Constitucionalidad está conformada por 5 magistrados titulares y 5 suplentes, quienes ejercen su cargo durante 5 años. La designación de nuevas magistraturas debe realizarse 60 días después de que el Congreso de la República tome posesión (14 de marzo) y la instalación oficial de la Corte ocurre 90 días después (14 de abril).

5 titulares + 5 suplentes

Integración actual de la Corte de Constitucionalidad 2026

Titulares

Leyla Susana
Lemus Arriaga

Roberto
Molina Barreto

Dina Josefina
Ochoa Escribá

Héctor Hugo
Pérez Aguilera

Nester Mauricio
Vásquez Pimentel

Suplentes

Juan José

Samayoa Villatoro

Walter Paulino

Jiménez Texaj

Luis Alfonso

Rosales Marroquín

Rony Eulalio

López Contreras

Claudia Elizabeth

Paniagua Pérez

Proceso de integración de la Corte de Constitucionalidad 2026-2031​

¿Cómo se elige el presidente de la CC?

Anualmente, de forma rotativa, solo magistrados titulares, iniciando por el de mayor de edad y siguiendo en orden descendente por edades.

¿Cómo se designan a los magistrados de la CC?

Las designaciones provienen de cinco órganos distintos: el pleno de la Corte Suprema de Justicia; el pleno del Congreso de la República; el presidente en consejo de ministros; elección del Consejo Superior Universitario de la USAC; y elección de la asamblea del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (CANG).

No hay un proceso establecido en ley que obligue a los órganos que designan a realizarlo por medio de un procedimiento. Solamente al CANG tiene establecido realizar una elección en asamblea general.

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